Los rótulos en edificios, los que se colocan en la azotea, son grandes letreros luminosos que identifican la empresa o una de las empresas que se encuentran en el inmueble. Al encontrarse en el punto más alto del edificio, están en una posición privilegiada para ser visibles a transeúntes y conductores.
Se trata del tipo de rótulo que más impacto y prestigio genera: todo lo que se coloca en lugares elevados tiende a ser percibido en proporción a su importancia, y en el caso de grandes o famosos edificios el público acostumbra a pensar que la presencia de un rótulo en la azotea indica que la empresa posee todo el inmueble, cuando en realidad quizá sólo ocupe un par de pisos.
Suelen ser rótulos iluminados (no tiene mucho sentido colocar un rótulo tan elevado y que no pueda visualizarse por la noche), tradicionalmente con luces de neón, y actualmente cada vez más con iluminación LED. De esta manera este tipo de rótulos de fachada se mantienen visible noche y día, en el lugar más privilegiado de la vía pública.
Como otros rótulos de fachada, como los rótulos en medianeras, requieren de licencia urbanística por parte de los ayuntamientos, por su gran impacto visual. Tanto es así, que algunos ayuntamientos prohíben su instalación en algunas zonas. Tienen que ser aprobados previamente por medio de una solicitud que puede tramitar la misma empresa a la que se le encargue el rótulo, que suele tener experiencia en este tipo de trámites.
En general, esta clase de rótulos de fachada tienen que colocarse en los lugares específicamente pensados para su uso, y no pueden afectar a espacios o elementos protegidos, ni monumentos, ni equipamientos públicos (escuelas, hospitales, bibliotecas, etc.) ni zonas naturales o espacios verdes. Sus elementos de anclaje y sujeción deben tener el mínimo impacto posible, y deben estar asegurados, a menudo por un importe de más de 1 millón de euros.
Los ayuntamientos también suelen requerir que la iluminación de los rótulos de coronación no sea por proyección, que la orientación de los diodos de luz sea descendiente para evitar la contaminación lumínica, que los elementos visuales no produzcan destellos, deslumbramiento, fatiga o molestias visuales, ni induzcan a confusión con señales luminosas de tráfico, además de cumplir con la normativa sobre balizamiento para la navegación aérea.
Además, según las particularidades de cada localidad, los ayuntamientos pueden pedir requerimientos adicionales, como que no superen una proporción determinada de la altura total del edificio, o que estén alejados de las autopistas. Por ejemplo, en las ciudades y pueblos de costa se puede requerir que los rótulos de coronación estén a una distancia determinada de primera línea de mar, en las localidades con un valor paisajístico determinado puede ser obligatorio que estos soportes publicitarios no estén cerca de edificios residenciales de mayor altura a los que pueda ocultar vistas a espacios abiertos y en los lugares con condiciones climáticas adversas como lluvias o vientos, se pueden requerir elementos adicionales de anclaje.
Con la concesión de la licencia publicitaria por parte del consistorio en cuestión se suelen fijar las condiciones técnicas, las de explotación publicitaria y las del horario de iluminación de cada instalación de acuerdo con el proyecto técnico presentado. Uno de los horarios más habituales es de las 7 de la mañana hasta las 12 de la noche, aunque esto puede cambiar del horario de invierno al de verano.
Si la empresa anunciante no ha recurrido antes a una compañía proveedora de este tipo de rótulos de fachada, después de recibir la concesión de la licencia tendrá que hacerlo, proveyéndole de los requerimientos especiales si los hay, para que haga el diseño y los planos (si la empresa no los ha encargado a otra empresa externa), haga un cálculo de las estructuras necesarias, elija los materiales, haga el montaje y elija los medios de elevación. Generalmente los materiales suelen estar reforzados con hierro o aluminio para resistir al viento y se suelen elevar por medio de una grúa.
Los rótulos de coronación suelen fabricarse en hierro o en aluminio, con un sistema de iluminación LED o de neón en el interior y plástico en la parte frontal (metacrilato, PVC, etc.). En caso de no ir iluminados pueden ser también de plástico, de hierro o de aluminio o de madera.
Ordenanza municipal de los usos del paisaje urbano de la ciudad de Barcelona
Ordenanza reguladora de la Publicidad exterior (Las Palmas)
Ordenanza reguladora de publicidad exterior (Madrid)